En esta publicación te explicaremos todo lo que necesitas saber para efectuar la consulta y solicitud en el caso de que desees hacer el retiro de fondos de cesantía. Pero primero, revisemos ¿Que son los fondos de cesantía?.
¿Qué son los fondos de cesantía en Ecuador?
Los fondos de cesantía no son más que la acumulación entregada año tras año, mediante el pago derivado del seguro social, cantidad mínima del 2% sólo para este caso. Logrando recopilar un interés, por no hacer uso inmediato del capital.
Entre los requisitos básicos que se deben cumplir, es el de poseer como mínimo 24 imposiciones no simultáneas y de poder acceder a retirar los fondos, a partir de los dos meses de no tener trabajo. Siendo únicamente por despido injustificado, porque de ser por renuncia voluntaria no podría contar con ese valor hasta su jubilación.
Pasos para el retiro de fondos de cesantía
Los afiliados que deseen retirar sus fondos de cesantía, deben seguir los pasos detallados a continuación:
- Abre tu navegador e ingresa a iess.gob.ec.
- Sigue esta ruta de opciones: Trámites Virtuales -> Asegurados -> Afiliados -> Cesantía.
- Inicia sesión con tu cuenta de afiliado.
- Elige la opción ‘Solicitud’
- Inmediatamente se desplegara un cuadro informándote si cumples con los requisitos para hacer el retiro.
- Si cada ítem de requisito está en verde, presiona el botón ‘Continuar’.
- Se abrirá una nueva ventana con la cantidad solicitada para la devolución. Una vez verificada la información da clic en ‘Continuar’.
- Luego deberás aceptar los términos y condiciones del ‘Acuerdo de Notificación’. Después de confirmar genera la orden de pago.
Finalmente imprime la solicitud para tener un comprobante del proceso, si tienes alguna duda sobre los pasos puedes visitar la URL del trámite que se encuentra en la fuente de esta publicación.
Este monto sirve de gran ayuda para los desempleado. Su origen remonta al año 1955 por el Magisterio, debido a la necesidad de los trabajadores en resguardar su capital; épocas donde lo primordial era reunir dinero para obtener inmuebles propios para su futuro.
Ya que en ese entonces, era muy difícil que las personas fueran despedidas del puesto que desempeñaban. En cambio en la actualidad, existen diversos factores de despidos y las posibilidades de volver a conseguir empleo se tornan más complejas, por la alta de manda existente y el contexto actual del país.
Requisitos para retirar fondos de cesantía
A continuación los requisitos para los desempleados que necesiten de sus fondos para subsistir en un momento de crisis:
- Tener un acumulado de 24 aportaciones en la cuenta
- Esperar a tener unos dos meses, contando desde la fecha de cese de actividades
- Es indispensable mantener una cuenta activa en el sistema financiero nacional, previamente registrada y aceptada por el IESS
- Para ello deberán conocer de su clave personal (lo podrán averiguar ingresando a la página del seguro)
- No tener préstamos, ni mucho menos obligaciones patronales pendientes
Los que no estuvieron bajo relación de dependencia, se les entregará de forma más rápida y sin mucho papeleo el dinero acumulado. Recordando que el trámite varia para los afiliados fallecidos, ya que el familiar presentará la documentación como:
- Partida de defunción (original)
- Copia de cédula de identidad del fallecido y apoderado
- Partida de matrimonio o unión de hecho (debidamente legalizada)
- Copia de cédula de los menores en caso de haber hijos y del esposo
- Certificado bancario de los mayores de edad (si lo hubiera)
Importante!
Para poder aplicar a esta solicitud no debes tener deudas de ningún tipo con el IESS. Para mayor información acudir a la página www.iess.gob.ec; el servicio web está disponible los 365 días del año.
Ley pago mensual fondo de reserva y régimen solidario de cesantía
La tercera disposición transitoria de la tercera Ley para el pago mensual del fondo de reserva y régimen solidario de cesantía, menciona que el IESS en un lapso de tiempo no mayor a 3 días a partir de la solicitud, transferirá a las cuentas personales de los afiliados los recursos de fondos de reserva.
Cesantía Dolosa
La cesantía dolosa es cuando el afiliado realiza la solicitud, pero mantiene sus actividades laborales por los 60 días en los cuales debería encontrarse cesante.
Este tipo de cesantía conlleva una penalidad para el afiliado, la cual consiste en la retención del valor acumulado en su cuenta individual y además, no se considerará el tiempo de servicio de la cesantía anterior.
Fuente: https://www.gob.ec/iess/tramites/solicitud-retiro-fondos-cesantia-0
Por que me sale vacía la cuenta individual de los fondos de cesantia los quiero retirar pero me sale una deuda si pago allí si puedo retirar