Consulta tu cobertura de Salud (IESS, ISSFA, ISSPOL)

Qué es la Red Publica Integral de Salud?

La Red Pública Integral de Salud (RPIS) conformada por Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, es la entidad encargada de garantizar la cobertura de salud a la población ecuatoriana.

rpis

La RPIS cuenta con una herramienta en línea para poder consultar si una persona posee o no cobertura de alguna de las entidades antes mencionadas. Lo que debes hacer es seguir los pasos detallados más adelante.

Consulta de cobertura de salud IESS ISSFA ISSPOL

1.- Abrir nuestro navegador y escribir en el buscador «Cobertura de salud«.

También puedes realizar tu consulta al final de esta entrada

2.- Abriremos el primer enlace y nos cargará la página con la herramienta que necesitamos.

3.- Digitaremos el número de cédula de la persona que queremos buscar y le damos clic al botón azul que dice «Consultar», tal y como se muestra en la imagen a continuación.

consulta seguro social

4.- Enseguida se nos mostrará la información como la fecha de nacimiento, edad y si está o no asegurada a alguna de las tres instituciones.

consulta iess

Si registras cobertura en alguna de estas entidades, puedes acceder al servicio médico gratuito de las mismas.

 Consulta tu cobertura de salud desde aquí

consultar-cobertura-de-salud-rpis-ecuador

Importante!

►También tienes la opción de generar un documento PDF que puedes imprimir o guardar en tu computadora para usar después.

►Si hay algún error en los datos que te da como resultado, debes ponerte en contacto con la institución en la que estas seguro de estar afiliado y exponer la falla.

►Puedes realizar una consulta separada en cada una de las instituciones desde sus páginas oficiales ingresando tu cédula.

Consulta de cobertura al IESS

Consulta de cobertura ISSFA

Consultar cobertura ISSFA

6 comentarios en «Consulta tu cobertura de Salud (IESS, ISSFA, ISSPOL)»

  1. Buenos días, existen datos que no refleja el sistema de consulta, para la atención médica de un usuario/beneficiario, como por ejemplo: JUBILADO DE DOS SUBSISTEMAS DE SALUD, en referencia al Acuerdo 091-2017 en su art. 41 en prelaciones de pago: contempla que se asignará el proceso de reconocimiento económico al seguro al cual se afilió primero, la pregunta es: ¿ cómo sabe la institución médica a cuál se afilió primero, si no muestra esta información la página de consulta, y no se puede realizar la pregunta al paciente, ya que éste se encuentra inconsciente o no lo recuerda por la edad, enfermedad etc…?
    2) Si un paciente es beneficiario directo del ISSFA por ser MILITAR EN SERVICIO PASIVO, y a la vez beneficiario del IESS MONTEPIO-DEPENDIENTE con un porcentaje de 4.15% como sabría la institución de salud a qué financiador de salud asignar el proceso para el reconocimiento económico, ya que este caso no está contemplado en el art. 41 Coberturas Compartidas, pero SI contempla en el art. 44 Lineamientos por el porcentaje, sin embargo; en el art. 41 Consideraciones especiales párrafo 1 indica: ¨En caso de que el/la usuario/a se atienda en un establecimiento de uno de los subsistemas, el pago se realizará por parte del seguro al que pertenezca como titular…¨.
    3) el beneficiario/paciente CESÓ DE SU TRABAJO, y de acuerdo a la Ley de Aportaciones, el afiliado tendría 60 días de gracia, es decir; puede gozar de atención médica solo por dos meses, la pregunta es: ¿ cómo sabe el prestador de salud, sabe, conoce CUÁNDO CESÓ Y HASTA CUÁNDO LE CUBRE, si hablamos de un paciente crítico que está un UCI y requiere de atención calculada de 6 meses, para realizar el respectivo corte y proceder a realizar el trámite respectivo, es decir, comunicar al MSP y solicitar el código de validación, dentro de los días establecido, que es 3 días laborables…?
    4) Un usuario/paciente es DEPENDIENTE de dos subsistemas de salud ISSFA (por ser esposa) e ISSPOL (madre de policía), ningún artículo del acuerdo 091-2017 contempla este caso, y si se debe realizar primero al ISSFA o al ISSPOL, para solicitar la prelación de pago o cargar el 100% de gastos médicos al ISSFA….?
    5) Beneficiario/paciente menor de edad, no son reconocidos por los padres, y constan solo con el apellido de la madre, cómo el financiador de salud sabe esto, si en la cobertura de salud no indica esta información, ya que no se puede adjuntar copia de cédula del paciente, porque no es un documento que se debe adjuntar ni PEDIR al paciente, así consta en la normativa y en sus anexos.
    Como ud. puede analizar existen falencias en la página de cobertura que complica la asignación de salud correspondiente, y más ahora que se debe ingresar a la página por CADA SEGURO DE SALUD…..! estamos fracasando en la OPTIMACIÓN DEL TIEMPO, RECURSO HUMANO, UTILIZACIÓN DE PAPEL, ETC…!

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